Centro público
CL MÉDICO JULIO GARCÍA GARCÍA S/N
03160 Almoradi
Alicante
¿Te gustaría ser capaz de gestionar, administrar o mantener los recursos y servicios que puede ofrecer un sistema informático? Si a esto le sumamos la gestión de redes, requisito indispensable en el mundo actual, tenemos el curso perfecto para que apruebes y consigas el título oficial FP de Tecnico Superior en Administracion Sistemas informáticos en Redes.
Curso dirigido a:
A personas que quieran convertirse en profesionales, garantizándose un empleo con mucho futuro y con un alto grado de inserción laboral.
El título oficial Grado Superior de FP de Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico te permite obtener los conocimientos necesarios para obtener, registrar y clasificar muestras bilógicas humanas. Asegúrate una rápida y efectiva inserción en el mundo laboral con este curso. Este es tu Grado Superior de Formación Profesional.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior Laboratorio Clínico y Biomédico está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:
Desarrollarán su actividad en:
Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:
Con este curso de grado superior podrás obtener el título oficial de FP antes de lo que te imaginas! ¿A qué esperas para convertirte en Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad? Trabajo demandado y muy bien remunerado.
Curso dirigido a:
Uno de los grados superiores con mayor diversidad y demanda:
Gracias a este curso FP de grado superior podrás trabajar:
O si lo que prefieres es seguir estudiando:
Son nuevos centros donde se imparten las enseñanzas de Formación Profesional para la obtención de títulos y certificados de profesionalidad, y además desarrollarán otras funciones como son:
a) Formación para el empleo.
b) Información y orientación a los usuarios, tanto individual como colectivo.
c) Participación en la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de experiencia laboral y de vías no formales de formación.
d) Desarrollar vínculos con el sistema productivo, ya sea local, sectorial o comarcal, para la formación del profesorado y de los alumnos.
La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. Es decir, que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional, es competencia de las Comunidades Autónomas.
Ha de tener en cuenta que la publicación de un título de FP no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional ni por tanto la oferta de la modalidad de FP Dual, es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
La Formación Profesional Dual es una nueva modalidad dentro de las enseñanzas de Formación Profesional que tiene como una de sus finalidades ofrecer estímulos y motivar a las personas que finalizan la enseñanza general, y tienen necesidad de incorporarse al mercado de trabajo, para que lo hagan desde un ciclo formativo, con la suficiente y adecuada competencia y cualificación profesional, este incremento del nivel de formación y cualificación repercutirá positivamente en el crecimiento económico y la competitividad de las comunidades autónomas y del país.
Esta modalidad consiste en combinar la formación teórica práctica recibida en un centro educativo con la actividad práctica en un centro de trabajo.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.