Centro público
ctra. de Campins, s/n
08470 Sant Celoni
Barcelona
El curso de Técnico Superior en Desarrollo Aplicaciones Informáticas te permite especializarte en el creciente mercado de la creación de aplicaciones web, para móviles o videojuegos. Como técnico superior dispondrás de una profesión reconocida en el mercado y que abrirá un gran número de posibilidades laborales. Consigue el título de este grado superior y especialízate en el desarrollo de aplicaciones.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:
En empresas, al finalizar la formación en el centro educativo, completándola y realizando actividades propias de la profesión:
El título oficial de Grado Superior FP de Técnico superior en Imagen para el Dignóstico te permite obtener todas las competencias profesionales necesarias para trabajar en este apasionante sector.
Curso dirigido a:
Con el curso de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico tendrás la preparación para trabajar en el sector sanitario, en unidades de radiodiagnóstico y de medicina nuclear, en centros de investigación y en institutos anatómico-forenses o de medicina legal, así como en centros veterinarios y de experimentación animal, y delegaciones comerciales de productos hospitalarios, farmacéuticos y técnicos de aplicaciones en electromedicina.
Realizarás tu trabajo bajo la supervisión del médico especialista correspondiente y el supervisor de la instalación.
Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO SE NECESITA:
Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
Si se está cursando los estudios en una Comunidad Autónoma y se toma la decisión de continuar los estudios en otra, se ha de tener en cuenta que el plan de formación en cada Comunidad puede no ser idéntico, por lo que previamente, se recomienda analizar los módulos profesionales de los currículos de los títulos de ambas Administraciones, ya que, podría producirse la situación de que tuviera que matricularse de nuevos módulos profesionales propios del desarrollo curricular autonómico y posteriormente una vez matriculado, podría realizar el traslado de calificaciones en los módulos profesionales con el mismos códigos superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos y en su caso solicitar de la convalidación de aquellos módulos superados en el nuevo centro educativo en el que vaya a continuar los estudios conforme a la normativa.
Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.
Las convalidaciones de los módulos profesionales que no estén incluidos en las enseñanzas mínimas que regulen los títulos de formación profesional y que completen los contenidos del currículo de las Comunidades autónomas serán solicitadas en la Comunidad Autónoma correspondiente.