Grado de Estética Integral y Bienestar en Albacete

Estos son los centros de Albacete que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Estética Integral y Bienestar. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Es posible quedar exento de la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo?

Sí, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, siempre que se acredite al menos una experiencia laboral de un año a tiempo completo que se corresponda con el trabajo relacionado con los respectivos estudios profesionales.

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en FP presencial?

Las fechas de preinscripción y matrícula así como todo lo relativo al proceso de admisión de alumnos (tasas, cupos, notas de corte, etc.) es competencia de cada Comunidad Autónoma y una vez que lo hacen público procedemos a ponerlo en Todofp en el apartado denominado Cuándo inscribirse.

Normalmente el plazo de solicitudes para estudiar FP presencial es en el segundo trimestre del año, pero esta fecha es variable en función de la organización propia de cada Comunidad Autónoma. Algunas comunidades también tienen plazo extraordinario en septiembre. Pero no siempre es así.

¿Qué es un módulo profesional?

Los ciclos de Formación Profesional no se organizan en asignaturas sino en módulos profesionales. Cada curso escolar está compuesto por una serie de módulos, y la superación de todos dará lugar a la obtención del título correspondiente. Los módulos son de duración variable, es decir, no tienen las mismas horas. La superación de un módulo es definitiva, con lo cual, si el alumno no supera todos los módulos necesarios para pasar de curso, sólo tendrá que repetir los módulos que no haya superado.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.