Grado de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos en Albacete

Estos son los centros de Albacete que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • CEDES, CR. DE PEÑAS, 11. Albacete

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Qué implica el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.

¿Qué se aprende en la Formación Profesional?

En primer lugar, y sobre todo, se aprende a ejercer de forma cualificada la profesión correspondiente a los estudios realizados. Pero además, e independientemente de los estudios que se cursen, también se aprenden otras cuestiones, como por ejemplo:

– Comprender la organización y las características del sector productivo y los mecanismos de inserción profesional.

– Trabajar y aprender por sí mismos y en equipo.

– Prevenir y resolver de forma pacífica los conflictos que puedan surgir en el trabajo, en su vida personal, familiar o social.

– Conocer la legislación laboral, sus derechos y obligaciones.

– Trabajar en condiciones de seguridad y salud.

– Adaptarse a la evolución y cambios que se van produciendo en el sistema productivo y en la sociedad.

– Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

– Respetar y fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.

– Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

– Prepararse para progresar en el sistema educativo si quiere continuar estudiando.

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.