Grado de Asesoría de Imagen Personal y Corporativa en Alicante

Estos son los centros de Alicante que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Asesoría de Imagen Personal y Corporativa. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

  • BERNAT DE SARRIÀ, CL DE LA FRAGATA (SALT DE L'AIGUA) 5. Alicante
  • EL PLA, AV CIUDAD LEÓN DE NICARAGUA 8. Alicante
  • LA TORRETA, CL EDUARDO FERNÁNDEZ GARCÍA S/N. Alicante

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?

La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.

  1. La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
  2. El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
  3. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.

¿Es común el calendario de inscripción y matricula?

No, hay que tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios. Pero la Titulación Oficial obtenida es igual para toda la oferta de Formación Profesional Inicial en cualquier modalidad.

Aún así, la superación de todos los módulos de un ciclo formativo conllevará la obtención de una titulación oficial válido en todo el territorio nacional y con los mismos efectos de cualquier modalidad en la oferta de Formación Profesional Inicial.

¿Puedo conseguir un título de FP habiendo trabajado varios años?

Los títulos de Formación Profesional se consiguen cursándolos. Otra cuestión es la posibilidad de acreditar la experiencia laboral para, si desea obtener un título de FP, poder convalidar esa experiencia por determinados módulos de dicho título.

Le resumimos las fases de que consta:

El procedimiento consta de tres fases. Una primera fase de asesoramiento en la que un asesor del ámbito docente o profesional ayudará al candidato a recopilar toda la documentación correspondiente a las competencias que quiera acreditar y a preparar su currículum y dossier personal. Una segunda fase donde se evaluará la competencia profesional y en la que el candidato tendrá que demostrar su capacidad para desarrollar dichas habilidades, y la última fase, donde se acreditará y se registrarán las competencias profesionales que hayan superado.

Es importante destacar que mediante este procedimiento no se obtiene ningún título de Formación Profesional sino que se acreditan X unidades de competencia y al finalizar el mismo, si se desea obtener dicho título, determinados módulos profesionales (asociados a esas unidades de competencia) ya no tendrá que cursarlos y sólo necesitará hacer el resto de los que componen cada ciclo formativo.

Puede ver también aquí lasconvocatorias que pueden servirle para conocer aspectos detallados del procedimiento y las ocupaciones concretas que se han ido convocando por parte de las diferentes administraciones autonómicas, que son las encargadas de llevar a cabo todo el proceso.

El procedimiento de acreditación es un procedimiento extraordinario en el que las Comunidades Autónomas deben dar preferencia a aquellas necesidades de titulados en función de los requerimientos de los sectores productivos de su zona. Esa es la razón de que no se hagan convocatorias de acreditación en fechas fijas ni para todas las unidades de competencia.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.