Grado de Gestión de Alojamientos Turísticos en Alicante

Estos son los centros de Alicante que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Gestión de Alojamientos Turísticos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Tendré profesores para cada módulo que me solucionen las dudas?

Los profesores que imparten estas enseñanzas tienen una relación personalizada con cada uno de sus alumnos y están en contacto con ellos de forma permanente a través de las diferentes posibilidades que permite la plataforma (corrección de las actividades, correos electrónicos, comunicación instantánea conforme al horario de atención del profesorado, participación en foros, etc.).

Su función es la misma que si estuvieran en el aula, con la única diferencia de que utilizan distintos tipos de herramientas de aprendizaje adaptadas a esta modalidad de formación.

¿Cuándo se debe matricular el alumno para participar en el proyecto de FP Dual de un centro de FP?

Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.

¿Puedo acceder con un grado medio a un grado superior?

Actualmente si se puede acceder directamente de un grado medio a un grado superior.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.