Grado de Administración Sistemas Informáticos en Asturias

Estos son los centros de Asturias que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración Sistemas Informáticos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?

    • Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
    • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
    • Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).

    ¿Cómo se podrá conocer la oferta de especialidades de ciclos formativos de FPB y los centros donde se van a impartir?

    La administración educativa enviará a los centros educativos el listado con los grupos de FPB autorizados, detallando los centros de adscripción preferente para cada uno. Además estará publicada la oferta en la página Web para la consulta de las familias.

    ¿Qué implica ofrecer una nueva modalidad en las enseñanzas de FP?

    La Formación Profesional Dual es una modalidad que se une a la oferta ya existente de modalidad presencial y a distancia.

    No tiene como objetivo sustituir a la modalidad presencial, es una modalidad innovadora que se oferta de forma complementaria en el actual sistema, por lo que coexistirán grupos en Formación Profesional Dual y en Formación Profesional en régimen ordinario.

    ¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

    Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

    Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.