Grado de Prevención de riesgos profesionales en Asturias

Estos son los centros de Asturias que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Prevención de riesgos profesionales. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo acceder con un grado medio a un grado superior?

Actualmente si se puede acceder directamente de un grado medio a un grado superior.

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

¿Qué nivel de conocimientos informáticos necesito tener para poder cursar FP a Distancia?

Para poder seguir este tipo de formación debes poseer unos conocimientos básicos del uso de un ordenador personal, Internet (navegación en páginas web, e-mail, etc.)y programas de visualización y edición de texto(Word, .pdf., etc.). Si el ciclo requiere alguna competencia digital adicional vendrá especificada en la ficha informativa de éste.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.