Grado de Administración Sistemas Informáticos en A Coruña

Estos son los centros de A Coruña que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración Sistemas Informáticos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Qué titulación necesito para acceder a un Ciclo Formativo de Grado Superior?

    Para acceder a un CFGS es necesario haber superado la Prueba de Acceso a Grado Superior o tener uno de los siguientes títulos: Bachillerato LOGSE, Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, COU, FPII, Otros Ciclos Formativos de Grado Superior u otro título oficial equivalente o superior a cualquiera de los anteriores.

    ¿Cuánto duran los ciclos de Formación Profesional?

    2000 horas, aproximadamente 1000 horas por curso, lo que supone dos cursos académicos.

    ¿Cómo es la evaluación de los alumnos que participan en estos proyectos?

    La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.

    La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.