Grado de Administración y Finanzas en Granada

Estos son los centros de Granada que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración y Finanzas . Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un ciclo formativo? ¿Es lo mismo que un módulo?

Cada título de Formación Profesional es un “ciclo formativo” y no un “módulo” como muchas personas piensan.

Los módulos profesionales son sólo una parte de un ciclo formativo. Es el equivalente a una asignatura en otro tipo de estudios. Para obtener un título de Formación Profesional es necesario haber superado todos los módulos que lo componen.

¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado superior?

  • Estar en posesión del título de Bachiller.
  • Estar en posesión de un título de Técnico Superior o Técnico Especialista.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requerirá tener, al menos, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se tiene un título de grado medio).

¿Es posible convalidar los módulos profesionales?

Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.