Grado de Educación Infantil en Lleida

Estos son los centros de Lleida que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Educación Infantil. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?

  • Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
  • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
  • Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).

¿Qué es la Formación Profesional a distancia? ¿Hay que asistir a clase?

Esta modalidad está pensada para aquellas personas que por sus responsabilidades o circunstancias personales no pueden realizar sus estudios en la modalidad presencial. Las horas de clase presenciales se encuentran reducidas con respecto a la modalidad ordinaria y varían en función del módulo de que se trate. El alumnado realiza gran parte del trabajo fuera del centro educativo en un entorno virtual con apoyo del tutor.

La modalidad a distancia en Canarias se imparte de forma semipresencial, por lo que siempre habrá que asistir a tutorías presenciales que son obligatorias.

¿Qué pasa si no se supera un ciclo de Formación Profesional completo?

Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados, que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.