Estos son los centros de Lleida que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
La implantación de esta modalidad depende, como en toda la oferta educativa, de cada Comunidad Autónoma. Es decir, que la decisión de qué, cuándo, dónde y en qué modalidad se imparten los ciclos formativos de Formación Profesional, es competencia de las Comunidades Autónomas.
Ha de tener en cuenta que la publicación de un título de FP no implica su inmediata implantación en todo el territorio nacional ni por tanto la oferta de la modalidad de FP Dual, es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.
Esta modalidad está pensada para aquellas personas que por sus responsabilidades o circunstancias personales no pueden realizar sus estudios en la modalidad presencial. Las horas de clase presenciales se encuentran reducidas con respecto a la modalidad ordinaria y varían en función del módulo de que se trate. El alumnado realiza gran parte del trabajo fuera del centro educativo en un entorno virtual con apoyo del tutor.
La modalidad a distancia en Canarias se imparte de forma semipresencial, por lo que siempre habrá que asistir a tutorías presenciales que son obligatorias.
El certificado de profesionalidad acredita que una persona tiene las cualidades y capacidades necesarias para el desarrollo de una determinada actividad laboral con significación para el empleo. Se trata de una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y es otorgado por la Administración Laboral.
El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.