Estos son los centros de Pontevedra que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Prevención de riesgos profesionales. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Se establecerá un mínimo del 33% de las horas de formación indicadas en el título, incluida la Formación en Centros de Trabajo) con participación de la empresa. Este porcentaje podrá ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante.
En cualquier caso, la duración del ciclo formativo podrá ampliarse hasta tres años.
El certificado de profesionalidad acredita que una persona tiene las cualidades y capacidades necesarias para el desarrollo de una determinada actividad laboral con significación para el empleo. Se trata de una acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y es otorgado por la Administración Laboral.
Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.