Grado de Administración Sistemas Informáticos en La Rioja

Estos son los centros de La Rioja que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración Sistemas Informáticos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?

    La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.

    1. La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
    2. El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
    3. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.

    ¿Es lo mismo el antiguo título de Técnico Especialista (FP II) que el título actual de Técnico Superior?

    Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.

    ¿Se puede pasar de un curso inferior a un curso superior de un ciclo formativo si no se han superado todos lo módulos del curso?

    Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.

    ¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

    Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.