Estos son los centros de Teruel que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Higiene Bucodental. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.
La administración educativa enviará a los centros educativos el listado con los grupos de FPB autorizados, detallando los centros de adscripción preferente para cada uno. Además estará publicada la oferta en la página Web para la consulta de las familias.
Las ventajas de la modalidad a distancia son, entre otras, la total autonomía y flexibilidad en el aprendizaje, así como la superación de las barreras de movilidad en estas enseñanzas. Pero siempre se debe tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.