Grado de Administración Sistemas Informáticos en Toledo

Estos son los centros de Toledo que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración Sistemas Informáticos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

    Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

    Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

    ¿Es lo mismo el antiguo título de Técnico Especialista (FP II) que el título actual de Técnico Superior?

    Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.

    ¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado medio?

    • Estar en posesión del título de Educación Secundaria.
    • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
    • Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio(se requerirá tener, al menos, diecisiete años, cumplidos en el año de realización de la prueba).

    ¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?

    El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.