Estos son los centros de Valencia que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Sonido para Audiovisuales y Espectáculos. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.
La administración educativa enviará a los centros educativos el listado con los grupos de FPB autorizados, detallando los centros de adscripción preferente para cada uno. Además estará publicada la oferta en la página Web para la consulta de las familias.
Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.
Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.
En función a lo que determine normativa autonómica, se podrá realizar un procedimiento de selección a los solicitantes en aquellos ciclos formativos con proyectos de FP Dual conforme a unos criterios establecidos al efecto, fijados de común acuerdo por la empresa y el centro educativo.
El alumno que desee participar deberá conocer que solicitando la modalidad Dual se matricula en un grupo con condiciones diferentes, en el que la distribución temporal de la actividad formativa en el centro y en la empresa puede variar la duración de su ciclo, que pueden existir unos criterios de selección para ocupar los posibles puestos formativos y que para este proyecto tendrá un tutor en el centro de FP y un tutor en la empresa durante todo el proceso formativo y que tendrá obligación de cumplir con el calendario, la jornada y el horario establecidos en el proyecto concreto.