Centro de FP Superior C.F.P.E. "Escadem"

C.F.P.E. "Escadem"

Centro privado

Rui Pérez, 16

33400 Aviles

Asturias

Centros de FP en Asturias

Grados Superiores impartidos en el centro C.F.P.E. "Escadem"

Mapa de situación del C.F.P.E. "Escadem"

Otros grados destacados

Grado Superior en Prevención de Riesgos

Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Prevención de Riesgos y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.

Curso dirigido a:

Para aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector del mantenimiento y servicios a la producción. Ya sea en el ámbito público o privado, o hasta creando tu propia empresa.

Ideal como formación complementaria, asegúrate un bonus por parte de tu empresa por ejercer de Técnico Superior en Prevención de Riesgos profesionales

Grado Superior en Desarrollo de Aplicaciones web

¿Quieres aprender a desarrollar de aplicaciones web, para móviles o videojuegos y convertirlo en tu profesión?. Como técnico superior dispondrás de una profesión reconocida que te abrirá grandes oportunidades laborales. Consigue el título de este grado superior y especialízate en el desarrollo de aplicaciones web.

Curso dirigido a:

Desarrollarás tu actividad profesional en empresas o entidades públicas o privadas tanto por cuenta ajena como propia, desempeñando su trabajo en el área de desarrollo de aplicaciones informáticas relacionadas con entornos web (intranet, extranet e internet).

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Programador web.
  • Programador multimedia.
  • Desarrollador de aplicaciones en entornos web.

Curso Técnico Superior en Dirección de cocina

Si la cocina es tu pasión y quieres convertirla en tu profesión, la FP te ayuda a conseguirlo. Obtendrás un título oficial y una profesión que te permitirá dirigir las actividades de una cocina en cualquier centro de hostelería. Infórmate como conseguirlo.

Curso dirigido a:

Desarrollarás tu actividad profesional tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería y, en concreto, del subsector de restauración, pudiendo actuar en los pequeños establecimientos, en muchas ocasiones, como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente. Aunque tu actividad profesional se desarrolle habitualmente en establecimientos de carácter privado, también podrás desarrollarla en establecimientos públicos, fundamentalmente cuando se ubica en el sector educativo, sanitario o de servicios sociales.

Cuando no actúes por cuenta propia, realizarás tus funciones bajo la dependencia de la dirección del establecimiento, sea éste un hotel u otro tipo de alojamiento o establecimiento de restauración.

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Director de alimentos y bebidas.
  • Director de cocina.
  • Jefe de producción en cocina.
  • Jefe de cocina.
  • Segundo jefe de cocina.
  • Jefe de operaciones de catering.
  • Jefe de partida.
  • Cocinero.
  • Encargado de economato y bodega.

Preguntas Frecuentes

¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?

Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.

¿Cuáles son las ventajas más destacables de la Formación Profesional Dual para las empresas?

  • Incrementar la adaptación de los alumnos a los requerimientos tecnológicos actuales, con lo que las empresas sienten que forman parte de una formación actualizada, polivalente y más flexible del alumno de FP.
  • Englobar todas las actividades dentro de su estrategia de responsabilidad social corporativa. Siendo empresas formadoras establecen una estrecha relación con los centros, lo que conlleva numerosos acuerdos y futuras colaboraciones en diversos campos del sector profesional.
  • Incluir formación complementaria a los contenidos dentro del programa formativo, permitiendo con ello adaptarse a las necesidades del mercado laboral.
  • Intensificar la retroalimentación entre la empresa y el centro educativo, en los proyectos las necesidades de ambos se trasmiten directamente por las partes con respecto a la maquinaria, las infraestructuras, los procesos de gestión en las empresas, la actualización de los programas informáticos, entre otros.
  • Facilitar el relevo generacional y además, junto con el módulo de FCT, esta modalidad favorece la búsqueda de talento en la FP por las empresas.
  • Favorecer la relación entre la todas las partes del tejido empresarial dentro de la comunidad educativa, la empresa conocerá profundamente cuáles son las familias profesionales de los centros de FP de su entorno y les permitirá visitar a ambos sus instalaciones, favorecido la puesta en valor de las enseñanzas de FP.

Tengo experiencia profesional en el Ciclo Formativo que estudio, ¿puedo solicitar la exención del módulo de FCT?

Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.

La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.