Centro de FP Superior COLEGIO MONTESSORI

Centro Privado de Educación Infantil Primaria y Secundaria COLEGIO MONTESSORI

Centro privado

CL. LAGASCA, 25-27

50006 Zaragoza

Zaragoza

Mapa de situación del Centro Privado de Educación Infantil Primaria y Secundaria COLEGIO MONTESSORI

Otros grados destacados

Grado Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

¿Te gustaría ser capaz de gestionar, administrar o mantener los recursos y servicios que puede ofrecer un sistema informático? Si a esto le sumamos la gestión de redes, requisito indispensable en el mundo actual, tenemos el curso perfecto para que apruebes y consigas el título oficial FP de Tecnico Superior en Administracion Sistemas informáticos en Redes.

Curso dirigido a:

A personas que quieran convertirse en profesionales, garantizándose un empleo con mucho futuro y con un alto grado de inserción laboral.

  • Técnico en administración de sistemas.
  • Responsable de informática.
  • Técnico en servicios de Internet.
  • Técnico en servicios de mensajería electrónica.
  • Personal de apoyo y soporte técnico.
  • Técnico en teleasistencia.
  • Técnico en administración de base de datos.
  • Técnico de redes.
  • Supervisor de sistemas.
  • Técnico en servicios de comunicaciones.
  • Técnico en entornos web.

Curso Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal

Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal gracias a este curso a distancia.

Curso dirigido a:

A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:
Ejercer su actividad profesional en el sector de la imagen personal público y privado, en empresas privadas del sector o creando mi propia empresa.

Estas son solo una muestra de las oportunidades que se te presentarán cuando finalices tu curso y obtengas tu título oficial de Técnico Superior:

  • Asesor de imagen.
  • Asesor de protocolo.
  • Técnico en relaciones públicas.
  • Liderar equipos multidisciplinares de asesoramiento sobre imagen personal y comunicación.
  • Departamentos de selección y formación personal.
  • Departamentos de peluquería y de estética en empresas dedicada al tratamiento de la imagen personal integral.
  • Publicidad y medios de comunicación visual.
  • Salones de peluquería e institutos de belleza.
  • Clínicas de medicina estética.

Curso Técnico superior en Interpretación de la Lengua de los Signos

Gracias a este curso FP a distancia, ahora puedes aprobar tus pruebas libres del título oficial de grado superior en Interpretación de la Lengua de los Signos de la manera más cómoda y sencilla. No dejes pasar esta oportunidad única y pide información sin compromiso.

Curso dirigido a:

Al finalizar este curso de Técnico Superior podrás desempeñar puestos de trabajo de:

  • Intérprete de la Lengua de Signos Española.
  • Intérprete de la Lengua de Signos de una Comunidad Autónoma.
  • Intérprete del Sistema de Signos Internacional.
  • Guía- intérprete de personas sordociegas.

Son decenas las posibles especializaciones tanto en el sector privado como el público: educación, justicia, empresas, ONGs...

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.

¿Cuándo y dónde tengo que hacer la matrícula en las pruebas libres de FP?

Los plazos de las pruebas libres son siempre en épocas diferentes a los de la matrícula ordinaria y también variables de una comunidad a otra.

Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.

Los títulos obtenidos a través de la modalidad de formación profesional a distancia ¿tienen la misma validez que los títulos obtenidos a través la modalidad presencial?

Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, con independencia de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.