Centro de FP Superior Colomer

Colomer

Centro privado

c. Leiva, 17-19 cantonada c. Moianès, 61

08014 Barcelona

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Grados Superiores impartidos en el centro Colomer

    Mapa de situación del Colomer

    Otros grados destacados

    Curso Técnico Superior en Información y Comercialización Turísticas

    Este título superior de Guía, información y asistencia turísticas te ofrece la posibilidad de conseguir una profesión en el mundo del turismo y la hostelería con el que tendrás importantes oportunidades laborales. La FP de Grado Superior te abre las puertas del mercado laboral.

    Curso dirigido a:

    A ejercer tu actividad profesional en el sector de la hostelería y turismo público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Estas son solo algunas de sus salidas profesionales:

    • Jefe de oficinas de información turística
    • Promotor turístico
    • Asistente de publicidad y promoción
    • Técnico en planificación turística local
    • Traductor
    • Guía de turismo
    • Relaciones públicas
    • Informador turístico
    • Técnico en organización de ferias y eventos
    • Investigador de mercados turísticos
    • Dinamizador de núcleos y destinos turísticos

    Grado superior en Audiologia Protesica

    Quieres hacerte con el título de Formación Profesional de Técnico Superior de Audiologia Protesica. Pide información y te enseñaremos el método más cómodo, sencillo y natural para conseguirlo. Porque con la formación teórico-práctica de la FP, te convertirás en un profesional muy demandado.

    Curso dirigido a:

    Para todas aquellas personas que desean convertirse en grandes profesionales y garantizar su estabilidad laboral.

    Trabajar

    • En el sector sanitario, en gabinetes audioprotésicos y en prevención de efectos de ruido ambiental

    Seguir estudiando

    • Cursos de especialización profesional
    • Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones
    • Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones

    Algunas de las profesiones que podrás tener

    • Audioprotésico
    • Especialista audioprotesista
    • Elaborador de moldes y protectores auditivos
    • Técnico en medición de nivel sonoro
    • Audiometrista

    Curso Técnico superior en Interpretación de la Lengua de los Signos

    Gracias a este curso FP a distancia, ahora puedes aprobar tus pruebas libres del título oficial de grado superior en Interpretación de la Lengua de los Signos de la manera más cómoda y sencilla. No dejes pasar esta oportunidad única y pide información sin compromiso.

    Curso dirigido a:

    Al finalizar este curso de Técnico Superior podrás desempeñar puestos de trabajo de:

    • Intérprete de la Lengua de Signos Española.
    • Intérprete de la Lengua de Signos de una Comunidad Autónoma.
    • Intérprete del Sistema de Signos Internacional.
    • Guía- intérprete de personas sordociegas.

    Son decenas las posibles especializaciones tanto en el sector privado como el público: educación, justicia, empresas, ONGs...

    Preguntas Frecuentes

    ¿Necesito matricularme previamente de un módulo profesional del que voy a solicitar convalidación?

    Los requisitos generales para solicitar una convalidación son:

    • Matricularse en las enseñanzas que se pretenden convalidar.
    • Solicitarlo a la dirección del centro educativo donde se haya formalizado la matrícula.
    • Haber superado una formación con validez académica que incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y contenidos mínimos de los módulos profesionales de los ciclos formativos susceptibles de convalidación.

    Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

    Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

    ¿Cómo se califican los estudios de Formación Profesional?

    La superación de las enseñanzas requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que las componen. Se consideran positivas las puntuaciones iguales o superiores a cinco puntos.

    1. La calificación de los módulos profesionales, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
    2. El módulo de Formación en Centros de Trabajo se calificará como apto o no apto y no se tendrá en cuenta para calcular la nota media del expediente académico
    3. La nota final del ciclo formativo será la media aritmética de todos los módulos salvo el de Formación en Centros de Trabajo y se obtiene con dos decimales.

    ¿Existe la posibilidad de que los proyectos ofrezcan becas o ayudas al estudio?

    Los proyectos autorizados podrán o no becar a los alumnos participantes por las empresas, instituciones, fundaciones, etc., y/o por las Administraciones, en la forma que se determine para cada proyecto en particular, en función a las características concretas del proyecto en su ámbito territorial, del sector profesional y de la normativa aplicable.

    En todo caso, se facilitará la adecuada información y orientación, previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente en la comunidad autónoma que oferte la citada modalidad.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.