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Otros grados destacados

Curso Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos

Si tu pasión son la informática y las telecomunicaciones, el título oficial FP Técnico superior en sistemas de telecomunicación e informáticos, te brindará la oportunidad de adquirir los conocimientos para poder ser el mejor. Ya sea trabajando por cuenta propia o ajena, una profesión con un futuro envidiable.

Curso dirigido a:

El curso de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos está dirigido a personas que se quieran convertir en especialistas y grandes profesionales;


  • Técnico en telefonía.
  • Técnico en redes locales y telemática.
  • Técnico en centros de producción audiovisual.
  • Técnico de explotación de sistemas de radio y televisión.
  • Técnico en retransmisiones y enlaces.
  • Técnico en control central de sistemas de televisión.
  • Técnico en sistemas informáticos mono y multiusuario.
  • Técnico en sistemas multimedia.

Una profesión muy heterogénea que te ayuda en tu futuro laboral.

Curso Técnico Superior en Estética

El título oficial FP de Técnico superior en Estética te permitirá profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo.

Curso dirigido a:

A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:

  • Institutos y Salones de belleza.
  • Departamentos de estética en empresas dedicadas al tratamiento de la imagen personal integral.
  • Balnearios.
  • Clínicas de medicina estética.
  • Centros de masaje.
  • Equipos de técnicos, dependientes de laboratorios y firmas comerciales, que desarrollan su actividad en el ámbito de la estética integral, como probadores, demostradores y vendedores.
  • Hospitales, centros geriátricos y empresas de servicios fúnebres.
    • Clínicas de medicina estética.

Grado Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos

El Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos te permitirá trabajar en las áreas técnicas de la dirección de cine, en el montaje cinematográfico o como regidor de teatro o en la dirección de espectáculos. Infórmate ahora.

Curso dirigido a:

El curso de Técnico Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos está destinado a aquellos profesionales que quieren enfocar su actividad laboral como:

  • Técnico de realización de televisión en control.
  • Técnicos de realización de televisión en estudio.
  • Técnico en dirección de cine.
  • Secretario de rodaje.
  • Técnico en montaje cinematográfico.
  • Técnico en edición de V.T.R..
  • Técnico mezclador de vídeo.
  • Técnico de postproducción.
  • Técnico de dirección en espectáculos.
  • Regidor de teatro.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.

¿Puedo matricularme de módulos de primero y de segundo, indistintamente?

La matrícula en la modalidad de distancia es parcial y en función a las comunidades autónomas también puede ser modular, lo que significa que el alumno puede realizar una elección de los módulos que se deseen cursar, de manera autónoma y una vez analizadas las enseñanzas, en función de su itinerario formativo y profesional salvo los módulos de Proyecto y FCT, que requieren tener el resto de módulos superados.

Pero siempre se debe tener en cuenta que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.

¿Cómo se puede acceder a la Formación Profesional Dual? ¿Existe un límite de edad para cursar la Formación Profesional Dual?

Como regla general, cualquier alumno de un ciclo formativo de grado medio o de grado superior en el momento que se formalice su matrícula en el ciclo formativo del centro que lo oferte en dicha modalidad.

Los menores de edad serán, en todo caso, mayores de 16 años y contarán con una autorización de los padres o representantes legales, debiendo respetarse en cualquier caso la normativa laboral establecida al respecto, todo ello teniendo en cuenta las características concretas de los proyectos y la normativa autonómica.

Los alumnos y tutores legales, en su caso, deberán adoptar el compromiso de cumplir las condiciones del proyecto y de la empresa participante establecidas en el convenio

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.