Centro de FP Superior Educem II

Educem II

Centro privado

pl. Maluquer i Salvador, 19

08401 Granollers

Barcelona

Mapa de situación del Educem II

Otros grados destacados

Curso Técnico Superior en Educación Infantil

El título oficial FP de Técnico superior en Educación Infantil te permite obtener los conocimientos necesarios para trabajar en cualquier proyecto educativo del primer ciclo de educación infantil.

Curso dirigido a:

A todas las personas que quieran convertirse en profesionales:

  • Educador o educadora infantil en primer ciclo de educación infantil.
  • Educador o educadora en instituciones y/o en programas específicos de trabajo con menores (0-6 años) en situación de riesgo social, o en medios de apoyo familiar.
  • Educador o educadora en programas o actividades de ocio y tiempo libre infantil con menores de 0 a 6 años: ludotecas, casas de cultura, bibliotecas, centros educativos, centros de ocio, granjas escuela, etc.

Grado superior en Higiene Bucodental

Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.

Curso dirigido a:

Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:

  • Higienista dental.
  • Higienista bucodental.
  • auxiliar Clínica Dental.
  • Técnico especialista en Higiene Bucodental.
  • Educador sanitario.

Curso Técnico superior en Interpretación de la Lengua de los Signos

Gracias a este curso FP a distancia, ahora puedes aprobar tus pruebas libres del título oficial de grado superior en Interpretación de la Lengua de los Signos de la manera más cómoda y sencilla. No dejes pasar esta oportunidad única y pide información sin compromiso.

Curso dirigido a:

Al finalizar este curso de Técnico Superior podrás desempeñar puestos de trabajo de:

  • Intérprete de la Lengua de Signos Española.
  • Intérprete de la Lengua de Signos de una Comunidad Autónoma.
  • Intérprete del Sistema de Signos Internacional.
  • Guía- intérprete de personas sordociegas.

Son decenas las posibles especializaciones tanto en el sector privado como el público: educación, justicia, empresas, ONGs...

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la duración de un proyecto de FP Dual?

Se establecerá un mínimo del 33% de las horas de formación indicadas en el título, incluida la Formación en Centros de Trabajo) con participación de la empresa. Este porcentaje podrá ampliarse en función de las características de cada módulo profesional y de la empresa participante.

En cualquier caso, la duración del ciclo formativo podrá ampliarse hasta tres años.

He estudiado un ciclo de FP y ahora voy a hacer otro. ¿Me convalidan algún módulo?

Si es posible, pero para poder solicitarla ha de estar matriculado en el nuevo ciclo que quiera cursar y hacer una instancia al director del centro. Será desde la secretaría de este centro desde donde se tramitará y obtendrá toda la información sobre este procedimiento.

La información general sobre estas convalidaciones la tiene usted aquí.

Tiene que consultar además las Orientaciones sobre convalidaciones que están también en nuestra página de TodoFP:

¿Cuál es el periodo máximo que puede permanecer un alumno o una alumna en un ciclo formativo de FPB?

Puede permanecer como máximo cuatro años, dos años por cada curso de FPB.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.