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08016 Barcelona
Barcelona
Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.
Curso dirigido a:
Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.
Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.
Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:
Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.
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Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:
Con este curso de grado superior podrás obtener el título oficial de FP antes de lo que te imaginas! ¿A qué esperas para convertirte en Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad? Trabajo demandado y muy bien remunerado.
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Uno de los grados superiores con mayor diversidad y demanda:
Gracias a este curso FP de grado superior podrás trabajar:
O si lo que prefieres es seguir estudiando:
Este alumnado tendrá prioridad para cursar un 1º de ciclo formativo de FPB, siempre que reúna las condiciones de edad. Recibirá una certificación de los módulos aprobados del PCE/PCP.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Los proyectos autorizados podrán o no becar a los alumnos participantes por las empresas, instituciones, fundaciones, etc., y/o por las Administraciones, en la forma que se determine para cada proyecto en particular, en función a las características concretas del proyecto en su ámbito territorial, del sector profesional y de la normativa aplicable.
En todo caso, se facilitará la adecuada información y orientación, previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente en la comunidad autónoma que oferte la citada modalidad.