Centro público
CL AUSIÀS MARCH 13
12540 Villarreal
Castellón
El título oficial FP de Técnico Superior en Integración Social te garantiza obtener los conocimientos básicos para desenvolverte en cualquier actividad relacionada con los servicios socioculturales y de la comunidad. Una área cada vez más respetada y con mayor inserción labora.
Curso dirigido a:
Insertarse laboralmente en un puesto de trabajo concreto de los relacionados,
Se puede conseguir distintas especializaciones, mediante un periodo de adaptación y adiestramiento, determinadas por:
Este curso de FP grado superior te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ,ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve esta increíble profesión. Los grados superiores están para hacerte la vida más fácil.
Curso dirigido a:
Podrás ejercer tu actividad profesional en el sector de la comunicación, público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa.
Estas son solo algunas de las posibilidades que tendrás con tu curso a distancia y el título de FP de grado superior.
¿Quieres aprender a desarrollar de aplicaciones web, para móviles o videojuegos y convertirlo en tu profesión?. Como técnico superior dispondrás de una profesión reconocida que te abrirá grandes oportunidades laborales. Consigue el título de este grado superior y especialízate en el desarrollo de aplicaciones web.
Curso dirigido a:
Desarrollarás tu actividad profesional en empresas o entidades públicas o privadas tanto por cuenta ajena como propia, desempeñando su trabajo en el área de desarrollo de aplicaciones informáticas relacionadas con entornos web (intranet, extranet e internet).Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
En la Formación Profesional presencial sí, en la Formación Profesional a distancia no, ya que esta última modalidad permite, en atención a los intereses del alumno, hacer una matricula parcial, matriculándose de menos módulos por curso, o al contrario, intensificar los estudios y matricularse de más.
El centro educativo y la empresa designarán un profesor tutor del centro educativo y un tutor de la empresa para cada uno de los programas formativos.
El tutor del proyecto en el centro de FP pertenecerá a la familia profesional del ciclo formativo y será el que, entre otras tareas, coordine la elaboración de la programación, la actividad en la empresa y en el centro educativo, y la comunicación con la empresa, realice el seguimiento de la formación del alumnado y evalúe al final de cada curso académico el desarrollo de estos programas, con el fin de determinar su incidencia sobre la mejora de la cualificación y de la inserción laboral de los alumnos recién titulados.
Y el tutor en la empresa que será un profesional, con la cualificación o experiencia profesional adecuada, designado entre la plantilla del centro de trabajo, entre otras funciones, colaborará con el profesorado del centro educativo, para concretar la programación que desarrollará cada alumno en la empresa guiará al alumno y supervisará sus progresos durante la estancia en la empresa y además será el encargado de coordinarse con el tutor de Formación Profesional Dual en el centro para realizar el seguimiento y valoración del alumnado
Para acceder a un CFGS es necesario haber superado la Prueba de Acceso a Grado Superior o tener uno de los siguientes títulos: Bachillerato LOGSE, Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, COU, FPII, Otros Ciclos Formativos de Grado Superior u otro título oficial equivalente o superior a cualquiera de los anteriores.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.