Centro privado
Arranomendia 2
20240 Ordizia
Gipuzkoa
Este título superior de Guía, información y asistencia turísticas te ofrece la posibilidad de conseguir una profesión en el mundo del turismo y la hostelería con el que tendrás importantes oportunidades laborales. La FP de Grado Superior te abre las puertas del mercado laboral.
Curso dirigido a:
A ejercer tu actividad profesional en el sector de la hostelería y turismo público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Estas son solo algunas de sus salidas profesionales:
Prepara la prueba libre para obtener el tu título oficial del Grado Superior de Técnico en Dietética y Nutrición y podrás trabajar como Dietista o Responsable de alimentación en empresas de catering. Formación Profesional: futuro garantizado.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior en Dietética y nutrición está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:
Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:
Quieres hacerte con el título de Formación Profesional de Técnico Superior de Audiologia Protesica. Pide información y te enseñaremos el método más cómodo, sencillo y natural para conseguirlo. Porque con la formación teórico-práctica de la FP, te convertirás en un profesional muy demandado.
Curso dirigido a:
Para todas aquellas personas que desean convertirse en grandes profesionales y garantizar su estabilidad laboral.
Trabajar
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Algunas de las profesiones que podrás tener
Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.
No, hay que tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios. Pero la Titulación Oficial obtenida es igual para toda la oferta de Formación Profesional Inicial en cualquier modalidad.
Aún así, la superación de todos los módulos de un ciclo formativo conllevará la obtención de una titulación oficial válido en todo el territorio nacional y con los mismos efectos de cualquier modalidad en la oferta de Formación Profesional Inicial.
En primer lugar, y sobre todo, se aprende a ejercer de forma cualificada la profesión correspondiente a los estudios realizados. Pero además, e independientemente de los estudios que se cursen, también se aprenden otras cuestiones, como por ejemplo:
– Comprender la organización y las características del sector productivo y los mecanismos de inserción profesional.
– Trabajar y aprender por sí mismos y en equipo.
– Prevenir y resolver de forma pacífica los conflictos que puedan surgir en el trabajo, en su vida personal, familiar o social.
– Conocer la legislación laboral, sus derechos y obligaciones.
– Trabajar en condiciones de seguridad y salud.
– Adaptarse a la evolución y cambios que se van produciendo en el sistema productivo y en la sociedad.
– Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.
– Respetar y fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.
– Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.
– Prepararse para progresar en el sistema educativo si quiere continuar estudiando.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.