Centro de FP Superior HIRUKIDE ESKOLAPIOAK

Centro Privado de Educación Secundaria HIRUKIDE ESKOLAPIOAK

Centro privado

SAN BLAS AUZOA,27-B

20400 Tolosa

Gipuzkoa

Centros de FP en Gipuzkoa

Grados Superiores impartidos en el centro HIRUKIDE ESKOLAPIOAK

Mapa de situación del Centro Privado de Educación Secundaria HIRUKIDE ESKOLAPIOAK

Otros grados destacados

Curso Técnico Superior en Estética

El título oficial FP de Técnico superior en Estética te permitirá profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo.

Curso dirigido a:

A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:

  • Institutos y Salones de belleza.
  • Departamentos de estética en empresas dedicadas al tratamiento de la imagen personal integral.
  • Balnearios.
  • Clínicas de medicina estética.
  • Centros de masaje.
  • Equipos de técnicos, dependientes de laboratorios y firmas comerciales, que desarrollan su actividad en el ámbito de la estética integral, como probadores, demostradores y vendedores.
  • Hospitales, centros geriátricos y empresas de servicios fúnebres.
    • Clínicas de medicina estética.

Curso de Acceso al Grado Formativo Superior de Formación Profesional

Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.

Curso dirigido a:

Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.

Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.

Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:

  • Un ciclo Formativo de grado medio.
  • Un certificado de profesionalidad relacionado con el Ciclo Formativo que quieres cursar.
  • Si tienes cualificación o experiencia laboral de al menos un año a jornada completa en la rama de Formación Profesional que quieres realizar.

Grado Superior en Radioterapia

El curso de FP de Grado Superior, Técnico superior en Radioterapia te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión. Ya sea para trabajar en una entidad pública o privada este curso te abrirá las puertas del mundo laboral.

Curso dirigido a:

A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la Sanidad, especialmente orientados a la Radioterapia. Especialidad bien remunerada y con alta inserción laboral.

Algunas de sus salidas profesionales más directas:

  • Técnico en Radioterapia
  • Técnico en Protección Radiológica
  • Delegado Comercial de Productos Hospitalarios y Farmacéuticos

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo superior de Formación Profesional?

PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:

  • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
  • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
  • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)*.

*Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

  • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?

  1. Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
  2. Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
  3. En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.

Si en el centro en el que está escolarizado actualmente un alumno o una alumna hay oferta de ciclos de FPB y a este o esta le interesa cursar otro título implantado en otro centro, ¿puede escolarizarse en ese otro centro?

El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.