Centro público
c. Lo Gaiter del Llobregat, 121-123
08820 El Prat de Llobregat
Barcelona
Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.
Curso dirigido a:
Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.
Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.
Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:
No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Consigue tu título superior gracias a las pruebas libres de Formación Profesional de Técnico Superior en Animación de actividades físicas y deportivas.
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas delas salidas profesionales de este curso FP de grado superior a distancia:
En empresas y entidades públicas y privadas, como:
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.
El alumnado se puede matricular en un mismo curso de un ciclo de Formación Profesional un máximo de tres veces.
PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO SE NECESITA:
Las fechas de preinscripción y matrícula así como todo lo relativo al proceso de admisión de alumnos (tasas, cupos, notas de corte, etc.) es competencia de cada Comunidad Autónoma y una vez que lo hacen público procedemos a ponerlo en Todofp en el apartado denominado Cuándo inscribirse.
Normalmente el plazo de solicitudes para estudiar FP presencial es en el segundo trimestre del año, pero esta fecha es variable en función de la organización propia de cada Comunidad Autónoma. Algunas comunidades también tienen plazo extraordinario en septiembre. Pero no siempre es así.