Centro de FP Superior Joan Ramon Benaprès

Joan Ramon Benaprès

Centro público

Camí de la Fita, s/n

08870 Sitges

Barcelona

Mapa de situación del Joan Ramon Benaprès

Otros grados destacados

Grado Superior en Protesis Dentales

Consigue tu título oficial de Grado Superior FP de Técnico superior en Prótesis Dentales y podrás trabajar en cualquier laboratorio de prótesis dentales. El curso de FP de Grado Superior te permitirá obtener tu título oficial sin darte cuenta.

Curso dirigido a:

Trabajar

  • Ejercer mi actividad profesional en el sector sanitario, en el área de productos sanitarios, subsector de ortesis y prótesis dentofaciales dirigiendo un laboratorio o depósito dental o trabajando por cuenta ajena para un profesional del mismo nivel.

Algunas de sus salidas profesionales

  • Técnico protésico dental
  • Técnico de prótesis fijas
  • Técnico de prótesis removibles
  • Técnico de ortodoncia

Seguir estudiando

  • Cursos de especialización profesional
  • Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones de módulos de acuerdo a la normativa vigente
  • Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones de acuerdo con la normativa vigente

Grado Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico

El título oficial Grado Superior de FP de Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico te permite obtener los conocimientos necesarios para obtener, registrar y clasificar muestras bilógicas humanas. Asegúrate una rápida y efectiva inserción en el mundo laboral con este curso. Este es tu Grado Superior de Formación Profesional.

Curso dirigido a:

El curso de Técnico Superior Laboratorio Clínico y Biomédico está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:

  • Técnico en Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
  • Técnico en Laboratorio de Investigación y Experimentación.
  • Técnico en Laboratorio de Toxicología.
  • Delegado Comercial de Productos Hospitalarios y Farmacéuticos.

Desarrollarán su actividad en:

  • El sector sanitario en el área de laboratorio de diagnóstico.

Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:

  • Atención primaria y comunitaria: laboratorio de diagnóstico clínico en centros de salud.
  • Centros hospitalarios: servicios de microbiología, hematología. Hemoterapia, bioquímica, inmunología, farmacia hospitalaria y
  • laboratorios de los servicios de medicina y cirugía experimental.
  • Industria: laboratorios alimentarios, farmacéuticos, cosméticos y otras con laboratorios de investigación.
  • Laboratorios de institutos anatómico-forenses, institutos de toxicología.
  • Centros de experimentación animal.

Curso Técnico Superior en Laboratorio de Análisis

Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Laboratorio de análisis y Control de Calidad y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.

Curso dirigido a:

Este grado superior de FP Para todas aquellas personas que desean convertirse en grandes profesionales y garantizar su estabilidad laboral.

  • El título de Técnico Superior en Laboratorio de Análisis te permitirá trabajar en el sector sanitario, uno de los que mayores índices de empleo tiene.
  • Con este Grado Superior de FP podrás seguir estudiando otros cursos de especialización profesional
    • Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones
    • Carreras o Grados Universitarios con la posibilidad de establecer convalidaciones

Algunas de las profesiones a las que te permite acceder este Grado Superior de FP son:

  • Contramaestre de laboratorio.
  • Analista de materias primas y productos acabados.
  • Analista de laboratorio (físico, químico, instrumental, microbiológico).
  • Analista de control de calidad.
  • Técnico de laboratorio de control.
  • Coordinador de laboratorio.
  • Analista de Investigación y desarrollo (I+D).
  • Analista de aguas. 
  • Preguntas Frecuentes

    ¿Es posible quedar exento de la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo?

    Sí, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, siempre que se acredite al menos una experiencia laboral de un año a tiempo completo que se corresponda con el trabajo relacionado con los respectivos estudios profesionales.

    En caso de que un alumno o una alumna cumpla las condiciones de acceso pero no tiene el consejo orientador, si la familia quiere que acceda a un ciclo formativo de FPB, ¿puede acceder?

    No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.

    ¿Cómo es la evaluación de los alumnos que participan en estos proyectos?

    La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.

    La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.

    ¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

    a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

    b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

    c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.