Centro de FP Superior MARE NOSTRUM

Instituto de Educación Secundaria MARE NOSTRUM

Centro público

CL DELFINA VIUDES S/N

03183 Torrevieja

Alicante

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Otros grados destacados

Grado superior en Audiologia Protesica

Quieres hacerte con el título de Formación Profesional de Técnico Superior de Audiologia Protesica. Pide información y te enseñaremos el método más cómodo, sencillo y natural para conseguirlo. Porque con la formación teórico-práctica de la FP, te convertirás en un profesional muy demandado.

Curso dirigido a:

Para todas aquellas personas que desean convertirse en grandes profesionales y garantizar su estabilidad laboral.

Trabajar

  • En el sector sanitario, en gabinetes audioprotésicos y en prevención de efectos de ruido ambiental

Seguir estudiando

  • Cursos de especialización profesional
  • Otro Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior con la posibilidad de establecer convalidaciones
  • Enseñanzas Universitarias con la posibilidad de establecer convalidaciones

Algunas de las profesiones que podrás tener

  • Audioprotésico
  • Especialista audioprotesista
  • Elaborador de moldes y protectores auditivos
  • Técnico en medición de nivel sonoro
  • Audiometrista

Grado superior en Higiene Bucodental

Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.

Curso dirigido a:

Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:

  • Higienista dental.
  • Higienista bucodental.
  • auxiliar Clínica Dental.
  • Técnico especialista en Higiene Bucodental.
  • Educador sanitario.

Preguntas Frecuentes

¿Cuándo se debe matricular el alumno para participar en el proyecto de FP Dual de un centro de FP?

Al igual que en la oferta educativa, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Es recomendable que acceda a la web de la Consejería de Educación de su interés para conocer la oferta formativa en cada curso académico.

¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado superior?

  • Estar en posesión del título de Bachiller.
  • Estar en posesión de un título de Técnico Superior o Técnico Especialista.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requerirá tener, al menos, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se tiene un título de grado medio).

¿Cuáles son los criterios que establecen la preferencia entre los aspirantes a los ciclos de Formación Profesional?

  1. Para los ciclos de grado medio, la nota media del expediente académico.
  2. Para los ciclos de grado superior, en primer lugar se tiene en cuenta la modalidad y materia de Bachillerato cursada y en segundo lugar la nota media del expediente académico.
  3. En el caso de la Formación Profesional a distancia o semipresencial, se tiene en cuenta la experiencia profesional relaciona con los estudios a realizar y la nota media del expediente académico.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.