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pg. Salvat Papasseit, s/n
08003 Barcelona
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Con este curso de grado superior podrás obtener el título oficial de FP antes de lo que te imaginas! ¿A qué esperas para convertirte en Técnico superior en Laboratorio de Análisis y Control de Calidad? Trabajo demandado y muy bien remunerado.
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Uno de los grados superiores con mayor diversidad y demanda:
Gracias a este curso FP de grado superior podrás trabajar:
O si lo que prefieres es seguir estudiando:
La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Topografía gracias a este curso a distancia. Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona!
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Estas son solo algunas de las salidas profesionales que te brinda la FP de grado superior:
Si la cocina es tu pasión y quieres convertirla en tu profesión, la FP te ayuda a conseguirlo. Obtendrás un título oficial y una profesión que te permitirá dirigir las actividades de una cocina en cualquier centro de hostelería. Infórmate como conseguirlo.
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Desarrollarás tu actividad profesional tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería y, en concreto, del subsector de restauración, pudiendo actuar en los pequeños establecimientos, en muchas ocasiones, como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente. Aunque tu actividad profesional se desarrolle habitualmente en establecimientos de carácter privado, también podrás desarrollarla en establecimientos públicos, fundamentalmente cuando se ubica en el sector educativo, sanitario o de servicios sociales.
Cuando no actúes por cuenta propia, realizarás tus funciones bajo la dependencia de la dirección del establecimiento, sea éste un hotel u otro tipo de alojamiento o establecimiento de restauración.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Los Títulos que se obtienen al cursar un Ciclo Formativo de Grado Medio o de Grado Superior tienen carácter oficial y la misma validez académica y profesional en todo el territorio nacional, con independencia de que los estudios se realicen en una Comunidad Autónoma o en el ámbito del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Sin embargo, al convivir las ofertas formativas de varias Administraciones, hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de matrícula, la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma o del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Los proyectos de FP Dual autorizados en los centros educativos tienen sus características reguladas en su propia normativa, por lo que podrán existir proyectos con un número mínimo de alumnos participantes por grupo, en los que no es obligatorio que todo el grupo participe, hasta grupos completos organizados de forma simultánea para un proyecto de FP Dual, en todo caso toda la información y orientación al respecto se facilitará previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente.
Por todo ello, es importante recordar que al convivir las ofertas formativas de diferentes características de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, Salto de línea la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo establece cada una de ellas
Sí hay muchos módulos que se convalidan de un ciclo a otro como por ejemplo el Inglés.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.