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pg. Salvat Papasseit, s/n
08003 Barcelona
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Conviértete en un profesional de la administración y gestión de personal, de las operaciones económico-financieras y de la información y asesoramiento a clientes o usuarios, tanto en una empresa pública como privada. Una de las profesiones más demandadas en la actualidad y en el futuro. Aprender a gestionar íntegramente una empresa.
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El curso de Técnico Superior en Administración y Finanzas está destinado a aquellos profesionales que quieren enfocar su actividad laboral;
No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Las pruebas libres de Formación Profesional que cada año se convocan te abren las puertas a un título oficial superior en tiempo récord! Con este curso a distancia podrás aprobar a la primera.
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Gracias a este curso FP podrás ser Técnico Superior rápidamente, pudiendo trabajar como:
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Estas son solo algunas de las salidas profesionales que te brinda la FP de grado superior:
Sí hay muchos módulos que se convalidan de un ciclo a otro como por ejemplo el Inglés.
No se pueden simultanear dos o más estudios, en régimen oficial y a tiempo completo en centros oficiales sostenidos con fondos públicos, excepto si se trata de enseñanzas de música, danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas oficiales de idiomas o enseñanzas deportivas.
Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.