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Quieres conseguir un título de Técnico superior de Formación Profesional. Tu momento ha llegado. Ahora no necesitas ninguna titulación previa para acceder a la FP de Grado Superior. Infórmate Ahora.
Curso dirigido a:
Este curso está dirigido a todas las personas que quieran acceder a realizar un programa de Grado Formativo Superior dentro de la Formación Profesional.
Para ello los requisitos son ser mayor de 19 años o disponer de un título de Grado Medio de la misma familia formativa.
Podrás convalidar tus conocimientos previos si dispones de:
Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. Consigue tu título oficial de Técnico superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos gracias a este curso a distancia. Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona.
Curso dirigido a:
Al finalizar tu curso de FP y con la obtención del título correspondiente, se te abrirán estas puertas:
Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.
Las cualificaciones profesionales más significativas del sistema productivo español se han agrupado en 26 familias profesionales, atendiendo a criterios de afinidad de la competencia profesional de las ocupaciones y puestos de trabajo detectados. Estas familias profesionales son la base para elaborar la oferta educativa de los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.