Centro de FP Superior Torre Roja

Torre Roja

Centro público

av. dels Jocs Olímpics, 8

08840 Viladecans

Barcelona

Centros de FP en Barcelona

Grados Superiores impartidos en el centro Torre Roja

Mapa de situación del Torre Roja

Otros grados destacados

Grado Superior en Secretariado

En la administración y gestión de una empresa cada vez es más valorada la figura de Secretaria. En un ámbito laboral tan competitivo todo buen directivo necesita de una mano derecha, y ahora sin duda, con esta formación tu lo podrás ser. Ahora más que nunca la Formación Profesional avanza contigo!

Curso dirigido a:

A todas aquellas personas que quieran convertirse en profesionales demandados.

Los cursos de grados superiores de FP lo harán posible.


  • Asistente y ayuda directa para el órgano de dirección y/o gestión, con el máximo nivel de autonomía que el puesto exija.
  • Su campo de actividad es muy amplio, ya que afecta tanto a la empresa privada (grande, mediana y pequeña) como a los despachos profesionales (abogados, médicos, ingenieros, etc.) Y a la administración pública (central, autonómica, local).
  • Sus funciones variarán según el tipo de centro de trabajo y el nivel de órgano de gestión al que este profesional esté adscrito.

Grado superior en Iluminación, captación y tratamiento de la imagen

Como Técnico superior en Iluminación, captación y tratamiento de la imagen tendrás una profesión en el mundo audiovisual y podrás ser una pieza clave en cualquier proceso de rodaje. Domina todo lo relacionado con la iluminación de cine, fotografía y cualquier tipo de espectáculo.

Curso dirigido a:

Este profesional ejerce su actividad en el ámbito de la captación, registro de imágenes e iluminación en productoras de cine y vídeo y en emisoras de televisión, así como en empresas dedicadas a la iluminación espectacular en toda clase de espectáculos y eventos y también en empresas dedicadas a la elaboración, generación y tratamiento digital de imágenes fotográficas.

Curso Técnico Superior en Dirección de cocina

Si la cocina es tu pasión y quieres convertirla en tu profesión, la FP te ayuda a conseguirlo. Obtendrás un título oficial y una profesión que te permitirá dirigir las actividades de una cocina en cualquier centro de hostelería. Infórmate como conseguirlo.

Curso dirigido a:

Desarrollarás tu actividad profesional tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería y, en concreto, del subsector de restauración, pudiendo actuar en los pequeños establecimientos, en muchas ocasiones, como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente. Aunque tu actividad profesional se desarrolle habitualmente en establecimientos de carácter privado, también podrás desarrollarla en establecimientos públicos, fundamentalmente cuando se ubica en el sector educativo, sanitario o de servicios sociales.

Cuando no actúes por cuenta propia, realizarás tus funciones bajo la dependencia de la dirección del establecimiento, sea éste un hotel u otro tipo de alojamiento o establecimiento de restauración.

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Director de alimentos y bebidas.
  • Director de cocina.
  • Jefe de producción en cocina.
  • Jefe de cocina.
  • Segundo jefe de cocina.
  • Jefe de operaciones de catering.
  • Jefe de partida.
  • Cocinero.
  • Encargado de economato y bodega.

Preguntas Frecuentes

¿Debe participar todo el alumnado que cursa el ciclo formativo?

Los proyectos de FP Dual autorizados en los centros educativos tienen sus características reguladas en su propia normativa, por lo que podrán existir proyectos con un número mínimo de alumnos participantes por grupo, en los que no es obligatorio que todo el grupo participe, hasta grupos completos organizados de forma simultánea para un proyecto de FP Dual, en todo caso toda la información y orientación al respecto se facilitará previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente.

Por todo ello, es importante recordar que al convivir las ofertas formativas de diferentes características de varias Administraciones educativas hay que tener en cuenta que el calendario, el sistema de la inscripción y matrícula, Salto de línea la evaluación y los currículos pueden variar en función de cada Comunidad, todo lo relativo al procedimiento de admisión de alumnos (tasas, documentación, requisitos específicos, etc.) y el calendario con las fechas de inscripción y matrícula lo establece cada una de ellas

¿Es posible convalidar los módulos profesionales?

Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.

¿Tendré profesores para cada módulo que me solucionen las dudas?

Los profesores que imparten estas enseñanzas tienen una relación personalizada con cada uno de sus alumnos y están en contacto con ellos de forma permanente a través de las diferentes posibilidades que permite la plataforma (corrección de las actividades, correos electrónicos, comunicación instantánea conforme al horario de atención del profesorado, participación en foros, etc.).

Su función es la misma que si estuvieran en el aula, con la única diferencia de que utilizan distintos tipos de herramientas de aprendizaje adaptadas a esta modalidad de formación.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.