Centro público
CM D'ORBA S/N
46910 Alfafar
Valencia
Con el título oficial FP de Técnico superior en Automoción asegurarás tu futuro profesional. Ahora más que nunca se hace imprescindible acreditar tus conocimientos y habilidades para pasar por delante de los demás. La Formación Profesional avanza contigo, no dejes pasar esta oportunidad!
Curso dirigido a:
A todos aquellas personas que quieran trabajar en el sector de construcción y mantenimiento de vehículos, industrias extractivas, construcción y obras públicas; en laboratorios de ensayos de vehículos; en empresas dedicadas a la inspección técnica; a la fabricación, venta y comercialización de equipos de comprobación, diagnosis y recambios de vehículos y en empresas de flotas de alquiler tanto de vehículos como de transporte de pasajeros y mercancías y en compañías de seguros, talleres de competición, etc.
O una vez finalizado opten por seguir estudiando
Con el Grado Superior de FP en Documentación Sanitaria podrás organizar, dirigir, gestionar, definir y evaluar todo el proceso de tratamiento de la información y documentación de cualquier clínica. ¿A qué esperas para asegurarte un gran futuro profesional?
Curso dirigido a:
Dirigido a todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector sanitario público y privado, o creando su propia empresa.
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Con el Grado Superior en Salud Ambiental aprovecharas el auge de la prevención y sanidad, prepárate con este curso para ser un profesional demandado y obtener tu título oficial de FP como Técnico Superior en Salud Ambiental. ¡No esperes más, ahora más que nunca, la FP avanza contigo!
Curso dirigido a:
A ejercer tu actividad profesional en el sector sanitario, químico o industrial de ámbito público y/o privado. O a establecerte como consultor por tu propia cuenta.
El centro educativo y la empresa designarán un profesor tutor del centro educativo y un tutor de la empresa para cada uno de los programas formativos.
El tutor del proyecto en el centro de FP pertenecerá a la familia profesional del ciclo formativo y será el que, entre otras tareas, coordine la elaboración de la programación, la actividad en la empresa y en el centro educativo, y la comunicación con la empresa, realice el seguimiento de la formación del alumnado y evalúe al final de cada curso académico el desarrollo de estos programas, con el fin de determinar su incidencia sobre la mejora de la cualificación y de la inserción laboral de los alumnos recién titulados.
Y el tutor en la empresa que será un profesional, con la cualificación o experiencia profesional adecuada, designado entre la plantilla del centro de trabajo, entre otras funciones, colaborará con el profesorado del centro educativo, para concretar la programación que desarrollará cada alumno en la empresa guiará al alumno y supervisará sus progresos durante la estancia en la empresa y además será el encargado de coordinarse con el tutor de Formación Profesional Dual en el centro para realizar el seguimiento y valoración del alumnado
Los proyectos autorizados podrán o no becar a los alumnos participantes por las empresas, instituciones, fundaciones, etc., y/o por las Administraciones, en la forma que se determine para cada proyecto en particular, en función a las características concretas del proyecto en su ámbito territorial, del sector profesional y de la normativa aplicable.
En todo caso, se facilitará la adecuada información y orientación, previa matrícula en el ciclo formativo correspondiente en la comunidad autónoma que oferte la citada modalidad.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.