Centros de Grado Superior en Valencia

Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Valencia. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.

Preguntas Frecuentes

¿Cuántas veces se pueden repetir los módulos profesionales?

El número de convocatorias por módulo profesional es de cuatro, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que es de dos. Con carácter excepcional, se pueden establecer convocatorias extraordinarias para aquellas personas que hayan agotado las cuatro convocatorias por motivos de enfermedad o discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.

En caso de que un alumno o una alumna cumpla las condiciones de acceso pero no tiene el consejo orientador, si la familia quiere que acceda a un ciclo formativo de FPB, ¿puede acceder?

No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo de Formación Profesional Básica?

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica.