Centro de FP Superior Almeraya

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Otros grados destacados

Grado Superior en Dietetica

Prepara la prueba libre para obtener el tu título oficial del Grado Superior de Técnico en Dietética y Nutrición y podrás trabajar como Dietista o Responsable de alimentación en empresas de catering. Formación Profesional: futuro garantizado.

Curso dirigido a:

El curso de Técnico Superior en Dietética y nutrición está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:

  • Técnico en Dietética y Nutrición.
  • Dietista.
  • Responsable de alimentación en empresas de catering.
  • Técnico en higiene de los alimentos.
  • Consultor de alimentación.
  • Educador sanitario.

Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:

  • Atención primaria y comunitaria: promoción de la salud, consultas, unidades de apoyo (salud mental, pediatría, higiene bucodental y geriatría).
  • Salud pública: servicios de higiene de los alimentos.
  • Servicios generales hospitalarios: unidades/servicios de dietética y nutrición.
  • Servicios de Restauración: cocinas de hospitales, empresas de cátering, restaurantes y hoteles, comedores colectivos.la audición en equipos asistenciales.

Grado superior en mantenimiento electrónico

Como técnico superior en mantenimiento electrónico tendrás una profesión demandada por el sector industrial, que requiere de personal cualificado que resuelva las incidencias del mundo electrónico. Entérate como conseguir un futuro estable.

Curso dirigido a:

Curso Técnico Superior en Dirección de cocina

Si la cocina es tu pasión y quieres convertirla en tu profesión, la FP te ayuda a conseguirlo. Obtendrás un título oficial y una profesión que te permitirá dirigir las actividades de una cocina en cualquier centro de hostelería. Infórmate como conseguirlo.

Curso dirigido a:

Desarrollarás tu actividad profesional tanto en grandes como en medianas y pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería y, en concreto, del subsector de restauración, pudiendo actuar en los pequeños establecimientos, en muchas ocasiones, como propietario o propietaria y responsable de cocina simultáneamente. Aunque tu actividad profesional se desarrolle habitualmente en establecimientos de carácter privado, también podrás desarrollarla en establecimientos públicos, fundamentalmente cuando se ubica en el sector educativo, sanitario o de servicios sociales.

Cuando no actúes por cuenta propia, realizarás tus funciones bajo la dependencia de la dirección del establecimiento, sea éste un hotel u otro tipo de alojamiento o establecimiento de restauración.

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Director de alimentos y bebidas.
  • Director de cocina.
  • Jefe de producción en cocina.
  • Jefe de cocina.
  • Segundo jefe de cocina.
  • Jefe de operaciones de catering.
  • Jefe de partida.
  • Cocinero.
  • Encargado de economato y bodega.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo cambiar de Comunidad Autónoma una vez matriculado en un ciclo?

Si se está cursando los estudios en una Comunidad Autónoma y se toma la decisión de continuar los estudios en otra, se ha de tener en cuenta que el plan de formación en cada Comunidad puede no ser idéntico, por lo que previamente, se recomienda analizar los módulos profesionales de los currículos de los títulos de ambas Administraciones, ya que, podría producirse la situación de que tuviera que matricularse de nuevos módulos profesionales propios del desarrollo curricular autonómico y posteriormente una vez matriculado, podría realizar el traslado de calificaciones en los módulos profesionales con el mismos códigos superados a cualquiera de los ciclos en los que dichos módulos estén incluidos y en su caso solicitar de la convalidación de aquellos módulos superados en el nuevo centro educativo en el que vaya a continuar los estudios conforme a la normativa.

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

Las convalidaciones de los módulos profesionales que no estén incluidos en las enseñanzas mínimas que regulen los títulos de formación profesional y que completen los contenidos del currículo de las Comunidades autónomas serán solicitadas en la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Qué ocurre si un alumno no supera alguno de los módulos profesionales incluidos en los proyectos de Formación Profesional Dual?

En el caso de que los alumnos no superen alguno de los módulos profesionales, las Administraciones educativas, en el marco de la normativa vigente, establecerán las medidas necesarias para facilitarles la obtención del título; entre otras, la ampliación de la duración del proyecto, el traslado de centro o la finalización del programa formativo en un centro educativo.

¿Se puede obtener beca para los estudios de Formación Profesional?

Sí, se puede obtener beca para cualquier ciclo de Formación Profesional, pero hay que tener en cuenta que las becas sólo se conceden para estudios de nivel superior a los que se han realizado anteriormente, por ejemplo, si se ha realizado estudios universitarios no se concederá beca si se cursan estudios de Formación Profesional porque son inferiores o si se ha cursado un ciclo de grado medio no se concederán becas para la realización de otro ciclo de grado medio porque tienen el mismo nivel. Además, hay otros requisitos de índole económica o académica para la obtención de becas y que se determinan para cada convocatoria.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.