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Otros grados destacados

Grado Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red

¿Te gustaría ser capaz de gestionar, administrar o mantener los recursos y servicios que puede ofrecer un sistema informático? Si a esto le sumamos la gestión de redes, requisito indispensable en el mundo actual, tenemos el curso perfecto para que apruebes y consigas el título oficial FP de Tecnico Superior en Administracion Sistemas informáticos en Redes.

Curso dirigido a:

A personas que quieran convertirse en profesionales, garantizándose un empleo con mucho futuro y con un alto grado de inserción laboral.

  • Técnico en administración de sistemas.
  • Responsable de informática.
  • Técnico en servicios de Internet.
  • Técnico en servicios de mensajería electrónica.
  • Personal de apoyo y soporte técnico.
  • Técnico en teleasistencia.
  • Técnico en administración de base de datos.
  • Técnico de redes.
  • Supervisor de sistemas.
  • Técnico en servicios de comunicaciones.
  • Técnico en entornos web.

Curso Técnico superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas

No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Consigue tu título superior gracias a las pruebas libres de Formación Profesional de Técnico Superior en Animación de actividades físicas y deportivas.

Curso dirigido a:

Estas son solo algunas delas salidas profesionales de este curso FP de grado superior a distancia:

  • Promotor de actividades físico-deportivas.
  • Animador de actividades físico-deportivas.
  • Coordinador de actividades polideportivas.
  • Iniciador de: atletismo, bádminton, baloncesto, balonmano, fútbol, natación, tenis y voleibol.

En empresas y entidades públicas y privadas, como:

  • Empresas de servicios deportivos.
  • Patronatos deportivos o entidades deportivas municipales.
  • Clubes o asociaciones deportivas.
  • Clubes o asociaciones de carácter social.
  • Empresas turísticas: hoteles, campings, balnearios...
  • Grandes empresas con servicios deportivos para sus empleados.
  • Centros geriátricos o de carácter social.
  • Federaciones deportivas.
  • Organismos públicos de deportes (Diputaciones, Direcciones Generales de Deporte, etc.).

Curso Técnico superior en Interpretación de la Lengua de los Signos

Gracias a este curso FP a distancia, ahora puedes aprobar tus pruebas libres del título oficial de grado superior en Interpretación de la Lengua de los Signos de la manera más cómoda y sencilla. No dejes pasar esta oportunidad única y pide información sin compromiso.

Curso dirigido a:

Al finalizar este curso de Técnico Superior podrás desempeñar puestos de trabajo de:

  • Intérprete de la Lengua de Signos Española.
  • Intérprete de la Lengua de Signos de una Comunidad Autónoma.
  • Intérprete del Sistema de Signos Internacional.
  • Guía- intérprete de personas sordociegas.

Son decenas las posibles especializaciones tanto en el sector privado como el público: educación, justicia, empresas, ONGs...

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso necesito para poder estudiar un ciclo superior de Formación Profesional?

PARA CURSAR UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SE NECESITA:

  • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato
  • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
  • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)*.

*Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

  • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requiere tener al menos 19 años en el año que se realiza la prueba o 18 para quienes poseen el título de Técnico).
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.

¿Es común el calendario de inscripción y matricula?

No, hay que tener en cuenta que al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios. Pero la Titulación Oficial obtenida es igual para toda la oferta de Formación Profesional Inicial en cualquier modalidad.

Aún así, la superación de todos los módulos de un ciclo formativo conllevará la obtención de una titulación oficial válido en todo el territorio nacional y con los mismos efectos de cualquier modalidad en la oferta de Formación Profesional Inicial.

¿Qué centros de FP están autorizados para ofertar proyectos de Formación Profesional Dual?

Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.