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CL MONJAS DE ARRIBA 100
03390 Benejuzar
Alicante
El título oficial FP de Técnico superior en eficiencia energética y energía solar térmica te permitirá profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo.
Curso dirigido a:
A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:
Si tu pasión son los ordenadores y quieres desarrollar tu carrera profesional entre sistemas informáticos, este es tu Grado superior. El título oficial de FP de Técnico superior en en Administración de Sistemas Informáticos te permite obtener los conocimientos necesarios para realizar la instalación, soporte y mantenimiento de los servidores.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:
Desarrollarán su actividad en:
Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:
El curso de FP de Grado Superior, Técnico superior en Radioterapia te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión. Ya sea para trabajar en una entidad pública o privada este curso te abrirá las puertas del mundo laboral.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la Sanidad, especialmente orientados a la Radioterapia. Especialidad bien remunerada y con alta inserción laboral.
Algunas de sus salidas profesionales más directas:
El currículo de los ciclos formativos incluye siempre un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, cuya superación es requisito imprescindible para obtener el título.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) tiene carácter formativo, y no laboral y, por tanto, no conlleva relación contractual entre el alumno y la empresa. El estudiante no ocupará un puesto de trabajo, sino que pasará por distintas ocupaciones, de acuerdo con el plan de formación que hayan diseñado para él conjuntamente, el tutor del centro educativo y su tutor en la empresa.
El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo deberá cursarse una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo. En la evaluación de este módulo profesional colaborará con el tutor del centro educativo, el tutor designado por el correspondiente centro de trabajo. Dicho módulo profesional se calificará como apto o no apto. Este módulo profesional de formación se realizará al final del ciclo formativo y supondrá un 25% del tiempo de enseñanza de dicho ciclo. Podrán quedar exentos de la realización de este módulo profesional quienes acrediten una experiencia laboral relacionada con los estudios profesionales que están cursando.
Para acceder a un ciclo de grado superior no es necesario haber hecho una modalidad de Bachillerato concreta, pero sí que se va a tener en cuenta la modalidad y materias de Bachillerato que haya cursado el alumno a la hora de establecer el orden de preferencia entre los aspirantes al ciclo formativo de que se trate. Esta preferencia es especialmente relevante cuando el número de solicitudes supera el número de plazas ofertadas, puesto que se concederá en primer lugar plaza a los solicitantes que tengan la modalidad de Bachillerato o las materias de Bachillerato asociadas a cada título. En esta página puede consultar las preferencias para cada título de grado superior.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.