¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
- La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
- Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
- También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.
¿Qué pasos debo seguir para matricularme en un Ciclo?
- 1º.- Acceder a la aplicación que proporciona cada Administración educativa, cumplimentar la solicitud siguiendo las instrucciones de procedimiento de admisión de alumnos a las Enseñanzas de Formación Profesional Inicial a distancia.
- 2º.- Presentar la solicitud de admisión junto con el resto de documentación en el centro educativo siguiendo las instrucciones de procedimiento de admisión de alumnos a las enseñanzas de Formación Profesional Inicial a distancia.
- 3º.- Consultar la lista de admitidos.
- 4º.- Formalizar la matrícula en la secretaría del centro siguiendo las instrucciones de procedimiento de admisión de alumnos a las enseñanzas de Formación Profesional Inicial a distancia.
¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado superior?
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Estar en posesión de un título de Técnico Superior o Técnico Especialista.
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requerirá tener, al menos, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se tiene un título de grado medio).
¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para
cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y
no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante
el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o,
excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria
Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores
legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo
28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.