Grado de Automoción en Barcelona

Estos son los centros de Barcelona que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Automoción. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué son los centros de adscripción preferente?

Se trata de uno o varios centros educativos asociados por proximidad al centro del que procede el alumnado propuesto y que deberá elegirse siempre en primer lugar por la familia. En algunos casos será el propio centro en el que está escolarizado actualmente el alumno o la alumna.

¿Puedo matricularme de módulos de primero y de segundo, indistintamente?

La matrícula en la modalidad de distancia es parcial y en función a las comunidades autónomas también puede ser modular, lo que significa que el alumno puede realizar una elección de los módulos que se deseen cursar, de manera autónoma y una vez analizadas las enseñanzas, en función de su itinerario formativo y profesional salvo los módulos de Proyecto y FCT, que requieren tener el resto de módulos superados.

Pero siempre se debe tener en cuenta que, al convivir distintas ofertas formativas, tanto de Comunidades Autónomas como del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, puede haber variaciones en calendarios, convocatorias, sistemas de matrícula, procedimientos de admisión etc., por lo que hay que consultar la oferta concreta en la que se decida cursar estos estudios.

¿Dónde se pueden estudiar las enseñanzas de Formación Profesional?

Puedes estudiar Formación Profesional en centros públicos y privados que cuenten con la autorización de la Administración Educativa de cada comunidad.

También puedes cursar tus estudios de FP en centros que impartan la formación de forma online o a distancia y superar las pruebas libres que convoca cada comunidad autónoma de forma obligatoria cada año.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.