Centro público
Carretera N-150, Km. 15
08206 Sabadell
Barcelona
Con el título oficial FP de Técnico superior en Automoción asegurarás tu futuro profesional. Ahora más que nunca se hace imprescindible acreditar tus conocimientos y habilidades para pasar por delante de los demás. La Formación Profesional avanza contigo, no dejes pasar esta oportunidad!
Curso dirigido a:
A todos aquellas personas que quieran trabajar en el sector de construcción y mantenimiento de vehículos, industrias extractivas, construcción y obras públicas; en laboratorios de ensayos de vehículos; en empresas dedicadas a la inspección técnica; a la fabricación, venta y comercialización de equipos de comprobación, diagnosis y recambios de vehículos y en empresas de flotas de alquiler tanto de vehículos como de transporte de pasajeros y mercancías y en compañías de seguros, talleres de competición, etc.
O una vez finalizado opten por seguir estudiando
Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.
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Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:
Con este curso de FP a distancia de grado superior y el título oficial que posteriormente te podrás sacar acreditarás todas las competencias profesionales para trabajar en este sector en expansión.
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Estas son algunas de las salidas laborales que te brindarán este curso de FP grado superior:
Este profesional puede realizar su actividad en:
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Aquellos centros de Formación Profesional , tanto públicos como privados, que habiendo presentado la debida solicitud de autorización, establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, en tiempo y forma en su Consejería competente en materia de Educación, hayan sido aprobados por las autoridad correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.