Grado de Administración de sistemas informáticos en red en Illes Balears

Estos son los centros de Illes Balears que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración de sistemas informáticos en red. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué requisitos de acceso se exigen para los Ciclos Formativos de grado superior?

  • Estar en posesión del título de Bachiller.
  • Estar en posesión de un título de Técnico Superior o Técnico Especialista.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior (se requerirá tener, al menos, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba, o dieciocho años si se tiene un título de grado medio).

¿Es posible convalidar los módulos profesionales?

Sí, los módulos profesionales pueden ser objeto de convalidación. Puesto que los requisitos y efectos de las convalidaciones están determinados en la normativa vigente en cada momento y por la complejidad de la casuística, se recomienda consultar >la sección de convalidaciones en cada comunidad autónoma.

¿Qué pasa si no se supera un ciclo de Formación Profesional completo?

Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados, que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.