Centro público
CAMÍ DE SES TAPARERES, S/N
07500 Manacor
Illes Balears
El curso de FP, Técnico Superior en Mantenimiento de Equipo Industrial te permite obtener todos los conocimientos y habilidades de manera natural, ,ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión. Ya sea para trabajar por cuenta propia o ajena este título te garantizara una alta inserción laboral.
Curso dirigido a:
Ejercerás tu actividad profesional en el sector del mantenimiento y servicios a la producción público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Con nuestros métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo.
Podrás ser:
Consigue tu título oficial de FP de Técnico superior en Prevención de Riesgos y conviértete en el compañero que todo el mundo en la empresa va a querer tener a su lado. Ya sea como formación única o complementaria, este título te pone por delante de los demás.
Curso dirigido a:
Para aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector del mantenimiento y servicios a la producción. Ya sea en el ámbito público o privado, o hasta creando tu propia empresa.
Ideal como formación complementaria, asegúrate un bonus por parte de tu empresa por ejercer de Técnico Superior en Prevención de Riesgos profesionales
El Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos te permitirá trabajar en las áreas técnicas de la dirección de cine, en el montaje cinematográfico o como regidor de teatro o en la dirección de espectáculos. Infórmate ahora.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos está destinado a aquellos profesionales que quieren enfocar su actividad laboral como:
El alumno o la alumna obligatoriamente tiene que solicitar en primer lugar un ciclo formativo de FPB en un centro de adscripción preferente, teniendo prioridad en el de su propio centro. Podrá solicitar también otros ciclos formativos de FPB de otros centros, pero podrá acceder siempre y cuando haya plazas libres después de la escolarización del alumnado al que le corresponda por preferencia, sabiendo que no tendrá derecho al transporte en caso de tratarse de un centro no preferente.
En primer lugar, y sobre todo, se aprende a ejercer de forma cualificada la profesión correspondiente a los estudios realizados. Pero además, e independientemente de los estudios que se cursen, también se aprenden otras cuestiones, como por ejemplo:
– Comprender la organización y las características del sector productivo y los mecanismos de inserción profesional.
– Trabajar y aprender por sí mismos y en equipo.
– Prevenir y resolver de forma pacífica los conflictos que puedan surgir en el trabajo, en su vida personal, familiar o social.
– Conocer la legislación laboral, sus derechos y obligaciones.
– Trabajar en condiciones de seguridad y salud.
– Adaptarse a la evolución y cambios que se van produciendo en el sistema productivo y en la sociedad.
– Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.
– Respetar y fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.
– Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.
– Prepararse para progresar en el sistema educativo si quiere continuar estudiando.
Podrá solicitar la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, el alumnado matriculado en dicho módulo que acredite una experiencia laboral mínima de un año (atendiendo al cómputo correspondiente a una jornada laboral completa), relacionada con el ciclo formativo en el que esté matriculado.
La experiencia laboral debe garantizar que el alumnado tiene adquiridos los resultados de aprendizaje recogidos en el currículo del módulo profesional de FCT.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.