Estos son los centros de Madrid que imparten los estudios de formación profesional de grado superior de Administración de sistemas informáticos en red. Puedes ampliar informació nsobre ellos pulsado en el enlace de cada uno de ellos.
Las fechas de preinscripción y matrícula así como todo lo relativo al proceso de admisión de alumnos (tasas, cupos, notas de corte, etc.) es competencia de cada Comunidad Autónoma y una vez que lo hacen público, procedemos a ponerlo en TodoFP en el apartado denominado Cuándo inscribirse.
El plazo de solicitudes para estudiar FP a distancia es variable en función de la organización propia de cada Comunidad Autónoma y a veces coincide con las fechas de la modalidad presencial, pero otras veces no. Algunas comunidades también tienen plazo extraordinario en septiembre o en otros meses. Pero no siempre es así.
Una vez que se ha optado por estudiar un ciclo en esta modalidad, debe consultarse la página específica de aquella comunidad donde lo vaya a cursar, ya que en la convocatoria concreta se especifica todo lo relativo a este proceso de admisión de alumnos. Y consultar cualquier duda en la Consejería de Educación correspondiente.
El acceso a los ciclos formativos puede ser directo, cuando se reúnan las condiciones académicas y de edad necesarias según el nivel del ciclo de que se trate o mediante la superación de la prueba de acceso, que tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades necesarios para cursar con aprovechamiento los estudios.
Ambos títulos tienen los mismos efectos académicos y profesionales en la correspondiente especialidad. Las equivalencias exactas entre estos títulos las puedes consultar en apartado Equivalencias.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.