Centro privado
CL BENIJÓFAR (POL. IND. AGUA AMARGA) 4-6
03008 Alicante/Alacant
Alicante
En la administración y gestión de una empresa cada vez es más valorada la figura de Secretaria. En un ámbito laboral tan competitivo todo buen directivo necesita de una mano derecha, y ahora sin duda, con esta formación tu lo podrás ser. Ahora más que nunca la Formación Profesional avanza contigo!
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A todas aquellas personas que quieran convertirse en profesionales demandados.
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Trabajar
Algunas de sus salidas profesionales
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El título oficial Grado Superior de FP de Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico te permite obtener los conocimientos necesarios para obtener, registrar y clasificar muestras bilógicas humanas. Asegúrate una rápida y efectiva inserción en el mundo laboral con este curso. Este es tu Grado Superior de Formación Profesional.
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El curso de Técnico Superior Laboratorio Clínico y Biomédico está dirigido a aquellas personas que deseen realizar su actividad laboral como:
Desarrollarán su actividad en:
Los principales subsectores en los que se puede ejercer son:
No, si cursa un módulo profesional en régimen de distancia, no se podrá cursar en otras modalidades ni participar en las pruebas libres con ese módulo en el mismo curso académico.
El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:
El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados, que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.