Centro público
CL SEVILLA 2
03440 Ibi
Alicante
El curso de FP, Tecnico Superior en Sistemas de regulación y control automáticos te permitirá obtener tu título oficial casi sin darte cuenta. Con la formación teórico-práctica que tendrás te preparemos para el mundo laboral. No dejes pasar la oportunidad de convertirte en un profesional demandado.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la electricidad y la electrónica. Ya sea en ámbito público o privado, o creando su propia empresa. Con nuestro métodos de enseñanza adquirirás los conocimientos de manera natural y a tu ritmo.
Con este curso de FP grado superior podrás ser:
El curso de FP de Grado Superior, Técnico superior en Radioterapia te permite obtener todos los conocimientos de manera natural, ágil y cómoda para que aprendas todo aquello que envuelve a la profesión. Ya sea para trabajar en una entidad pública o privada este curso te abrirá las puertas del mundo laboral.
Curso dirigido a:
A todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector de la Sanidad, especialmente orientados a la Radioterapia. Especialidad bien remunerada y con alta inserción laboral.
Algunas de sus salidas profesionales más directas:
El Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos te permitirá trabajar en las áreas técnicas de la dirección de cine, en el montaje cinematográfico o como regidor de teatro o en la dirección de espectáculos. Infórmate ahora.
Curso dirigido a:
El curso de Técnico Superior en Realización de proyectos audiovisuales para espectáculos está destinado a aquellos profesionales que quieren enfocar su actividad laboral como:
Sí, se puede obtener beca para cualquier ciclo de Formación Profesional, pero hay que tener en cuenta que las becas sólo se conceden para estudios de nivel superior a los que se han realizado anteriormente, por ejemplo, si se ha realizado estudios universitarios no se concederá beca si se cursan estudios de Formación Profesional porque son inferiores o si se ha cursado un ciclo de grado medio no se concederán becas para la realización de otro ciclo de grado medio porque tienen el mismo nivel. Además, hay otros requisitos de índole económica o académica para la obtención de becas y que se determinan para cada convocatoria.
Mediante la realización de estas pruebas se puede obtener un título de Formación Profesional presentándose a un examen, sin necesidad de cursar ningún ciclo formativo. Se puede presentar cualquiera que cumpla los requisitos de acceso al correspondiente ciclo formativo. No obstante, hay que tener en cuenta que están destinadas a personas que tienen una experiencia profesional considerable en un ámbito determinado pero no tienen titulación o para aquellas que han realizado estudios de Formación Profesional sin haberlos concluido.
Se puede consultar el calendario de pruebas libres en las distintas Comunidades Autónomas en esta página Web.
Los profesores que imparten estas enseñanzas tienen una relación personalizada con cada uno de sus alumnos y están en contacto con ellos de forma permanente a través de las diferentes posibilidades que permite la plataforma (corrección de las actividades, correos electrónicos, comunicación instantánea conforme al horario de atención del profesorado, participación en foros, etc.).
Su función es la misma que si estuvieran en el aula, con la única diferencia de que utilizan distintos tipos de herramientas de aprendizaje adaptadas a esta modalidad de formación.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.