Centros de Grado Superior en Illes Balears

Ponemos a tu disposición todos los catos de contacto de los centros de formación profesional de grado superior en Illes Balears. Accede a información más específica sobre el centro y la FP pulsando el enlace que aparece en el nombre de cada centro.

Preguntas Frecuentes

¿Un alumno o una alumna que supere un ciclo formativo de FPB puede obtener el Título de ESO?

Si, siempre y cuando supere la reválida de 4º de la ESO por cualquiera de sus vías.

¿Cómo es la evaluación de los alumnos que participan en estos proyectos?

La evaluación del aprendizaje del alumnado que cursa la formación profesional Dual tendrá un carácter continuo y formativo y se realizará por módulos profesionales.

La evaluación del alumnado será responsabilidad de los profesores de los módulos profesionales del centro, teniendo en cuenta las aportaciones de los tutores de la empresa y el resultado de las actividades desarrolladas en la misma, en base a los resultados de la observación en el puesto de formación y la ejecución de otras actividades que se puedan acordar entre el alumno, el centro educativo y la empresa.

¿Cómo puedo saber qué módulos profesionales de un Ciclo podría convalidar?

Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.

Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

¿Cómo se obtienen los certificados de profesionalidad?

El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de las siguientes vías:

  1. La superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad.
  2. Mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
  3. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

El órgano competente para expedir los certificados de profesionalidad, sea cual sea la vía seguida para su obtención, es la Administración Laboral y no la Administración Educativa, con lo cual, si se han cursado enseñanzas de Formación Profesional que den lugar a la obtención de certificados de profesionalidad habrá que presentar ante dicha Administración Laboral el certificado de estudios correspondiente.