Centro privado
c. Mercè Vilaret, 21
08190 Sant Cugat del Valles
Barcelona
Este título superior de Guía, información y asistencia turísticas te ofrece la posibilidad de conseguir una profesión en el mundo del turismo y la hostelería con el que tendrás importantes oportunidades laborales. La FP de Grado Superior te abre las puertas del mercado laboral.
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A ejercer tu actividad profesional en el sector de la hostelería y turismo público y privado, en empresas privadas del sector o creando tu propia empresa. Estas son solo algunas de sus salidas profesionales:
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Curso dirigido a:
Estas son solo algunas delas salidas profesionales de este curso FP de grado superior a distancia:
En empresas y entidades públicas y privadas, como:
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Curso dirigido a:
Gracias a este curso FP podrás ser Técnico Superior rápidamente, pudiendo trabajar como:
Para acceder a un ciclo de grado superior no es necesario haber hecho una modalidad de Bachillerato concreta, pero sí que se va a tener en cuenta la modalidad y materias de Bachillerato que haya cursado el alumno a la hora de establecer el orden de preferencia entre los aspirantes al ciclo formativo de que se trate. Esta preferencia es especialmente relevante cuando el número de solicitudes supera el número de plazas ofertadas, puesto que se concederá en primer lugar plaza a los solicitantes que tengan la modalidad de Bachillerato o las materias de Bachillerato asociadas a cada título. En esta página puede consultar las preferencias para cada título de grado superior.
Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.
Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones debe resolverlas la dirección del centro educativo donde el/la solicitante se haya matriculado, en caso contrario, deben ser resueltas, de forma individualizada, por la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.
Los títulos de Formación Profesional se consiguen cursándolos. Otra cuestión es la posibilidad de acreditar la experiencia laboral para, si desea obtener un título de FP, poder convalidar esa experiencia por determinados módulos de dicho título.
Le resumimos las fases de que consta:
El procedimiento consta de tres fases. Una primera fase de asesoramiento en la que un asesor del ámbito docente o profesional ayudará al candidato a recopilar toda la documentación correspondiente a las competencias que quiera acreditar y a preparar su currículum y dossier personal. Una segunda fase donde se evaluará la competencia profesional y en la que el candidato tendrá que demostrar su capacidad para desarrollar dichas habilidades, y la última fase, donde se acreditará y se registrarán las competencias profesionales que hayan superado.
Es importante destacar que mediante este procedimiento no se obtiene ningún título de Formación Profesional sino que se acreditan X unidades de competencia y al finalizar el mismo, si se desea obtener dicho título, determinados módulos profesionales (asociados a esas unidades de competencia) ya no tendrá que cursarlos y sólo necesitará hacer el resto de los que componen cada ciclo formativo.
Puede ver también aquí lasconvocatorias que pueden servirle para conocer aspectos detallados del procedimiento y las ocupaciones concretas que se han ido convocando por parte de las diferentes administraciones autonómicas, que son las encargadas de llevar a cabo todo el proceso.
El procedimiento de acreditación es un procedimiento extraordinario en el que las Comunidades Autónomas deben dar preferencia a aquellas necesidades de titulados en función de los requerimientos de los sectores productivos de su zona. Esa es la razón de que no se hagan convocatorias de acreditación en fechas fijas ni para todas las unidades de competencia.