Centro privado
c. Ferrer i Busquets, 17
25230 Mollerussa
Lleida
Con el Grado Superior de FP en Documentación Sanitaria podrás organizar, dirigir, gestionar, definir y evaluar todo el proceso de tratamiento de la información y documentación de cualquier clínica. ¿A qué esperas para asegurarte un gran futuro profesional?
Curso dirigido a:
Dirigido a todas aquellas personas que quieran ejercer su actividad profesional en el sector sanitario público y privado, o creando su propia empresa.
¿Cuáles son las salidas profesionales?
Como Técnico superior en Iluminación, captación y tratamiento de la imagen tendrás una profesión en el mundo audiovisual y podrás ser una pieza clave en cualquier proceso de rodaje. Domina todo lo relacionado con la iluminación de cine, fotografía y cualquier tipo de espectáculo.
Curso dirigido a:
Este profesional ejerce su actividad en el ámbito de la captación, registro de imágenes e iluminación en productoras de cine y vídeo y en emisoras de televisión, así como en empresas dedicadas a la iluminación espectacular en toda clase de espectáculos y eventos y también en empresas dedicadas a la elaboración, generación y tratamiento digital de imágenes fotográficas.
La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Topografía gracias a este curso a distancia. Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona!
Curso dirigido a:
Estas son solo algunas de las salidas profesionales que te brinda la FP de grado superior:
La Formación Profesional Dual es una modalidad que se une a la oferta ya existente de modalidad presencial y a distancia.
No tiene como objetivo sustituir a la modalidad presencial, es una modalidad innovadora que se oferta de forma complementaria en el actual sistema, por lo que coexistirán grupos en Formación Profesional Dual y en Formación Profesional en régimen ordinario.
No. Son necesarios los tres requisitos: las condiciones de acceso, el consejo orientador y el consentimiento familiar.
Si se puede. Estas pruebas se ofrecen como una vía alternativa para obtener las titulaciones de Técnico o Técnico Superior sin necesidad de cursar las enseñanzas de Ciclos Formativos de grado medio y grado superior de forma presencial o a distancia.
Están destinadas a personas que ya tienen una importante formación en un determinado campo profesional pero no disponen del título y que son capaces de planificar su estudio de manera individual sin necesidad de apoyo presentándose a una única prueba de cada módulo profesional.
Es importante destacar que, al ser una modalidad más de Formación Profesional, es cada comunidad la que decide qué títulos se ofrecen mediante pruebas, y no todos los títulos se convocan anualmente. También hay comunidades que no tienen esta opción de pruebas libres. Algunas hacen convocatoria únicamente de títulos antiguos LOGSE, otras de los nuevos (LOE), y otras de ambos sistemas.
Para prepararse estas pruebas, tiene que consultar el currículo concreto del ciclo formativo que vaya a estudiar y que puede encontrar en la ficha con la información del mismo con la denominación Currículo Ministerio de Educación y Currículo de las Comunidades Autónomas.
Recuerde que el módulo de FCT (Formación en Centros de Trabajo) es uno más de los que componen cada ciclo formativo y lo gestiona y organiza el centro educativo en el que se está matriculado. No es de libre elección del alumno dónde y cuándo realizarlo. Independientemente de la modalidad (es decir es igual para presencia, distancia y pruebas libres: es un módulo presencial).
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.