Centro de FP Superior Salvador Seguí

Salvador Seguí

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Otros grados destacados

Curso Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal

Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona. Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. La Formación Profesional avanza contigo, consigue tu título oficial de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal gracias a este curso a distancia.

Curso dirigido a:

A todas las personas que quieran convertirse en profesionales del sector:
Ejercer su actividad profesional en el sector de la imagen personal público y privado, en empresas privadas del sector o creando mi propia empresa.

Estas son solo una muestra de las oportunidades que se te presentarán cuando finalices tu curso y obtengas tu título oficial de Técnico Superior:

  • Asesor de imagen.
  • Asesor de protocolo.
  • Técnico en relaciones públicas.
  • Liderar equipos multidisciplinares de asesoramiento sobre imagen personal y comunicación.
  • Departamentos de selección y formación personal.
  • Departamentos de peluquería y de estética en empresas dedicada al tratamiento de la imagen personal integral.
  • Publicidad y medios de comunicación visual.
  • Salones de peluquería e institutos de belleza.
  • Clínicas de medicina estética.

Grado superior en Higiene Bucodental

Con los grados superiores a distancia podrás aprobar las pruebas libres de FP a la primera. Haz tu curso a distancia, la manera más cómoda y rápida para obtener tu titulación oficial de grado superior.

Curso dirigido a:

Estas son solo algunas salidas laborales de este curso a distancia y el título FP de grado superior:

  • Higienista dental.
  • Higienista bucodental.
  • auxiliar Clínica Dental.
  • Técnico especialista en Higiene Bucodental.
  • Educador sanitario.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se puede acceder a los estudios de Formación Profesional? ¿Qué es la prueba de acceso?

El acceso a los ciclos formativos puede ser directo, cuando se reúnan las condiciones académicas y de edad necesarias según el nivel del ciclo de que se trate o mediante la superación de la prueba de acceso, que tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y habilidades necesarios para cursar con aprovechamiento los estudios.

¿Se puede pasar de un curso inferior a un curso superior de un ciclo formativo si no se han superado todos lo módulos del curso?

Sí, se puede pasar de curso siempre que los módulos no superados no supongan más de un 20% del total de horas lectivas del curso. De lo contrario, el alumno tendrá que repetir los módulos no superados sin poder matricularse de módulos nuevos.

¿Dónde se puede ejercer la profesión con un título de Formación Profesional obtenido en Canarias o en otra Comunidad Autónoma?

Los títulos de Formación Profesional y certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

En los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la Formación Profesional.

Fuera de este marco europeo habrá que estar a la legislación aplicable de cada país y a los convenios y acuerdos que tengan con España y Europa.

¿Cuáles son las condiciones de acceso de un alumno o una alumna para cursar un ciclo de Formación Profesional Básica (FPB)?

a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.

b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.

c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.

A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.