Centro público
CM LO GUTIERREZ S/N
03360 Callosa de Segura
Alicante
No dejes pasar la oportunidad que los grados superiores de FP te ofrecen. Las pruebas libres de Formación Profesional que cada año se convocan te abren las puertas a un título oficial superior en tiempo récord! Con este curso a distancia podrás aprobar a la primera.
Curso dirigido a:
Gracias a este curso FP podrás ser Técnico Superior rápidamente, pudiendo trabajar como:
Ahora más que nunca, acreditar tu formación se hace imprescindible. Consigue tu título oficial de Técnico superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos gracias a este curso a distancia. Los grados superiores te permitirán profesionalizarte en aquello que más te apasiona.
Curso dirigido a:
Al finalizar tu curso de FP y con la obtención del título correspondiente, se te abrirán estas puertas:
Con este curso de FP a distancia de grado superior y el título oficial que posteriormente te podrás sacar acreditarás todas las competencias profesionales para trabajar en este sector en expansión.
Curso dirigido a:
Estas son algunas de las salidas laborales que te brindarán este curso de FP grado superior:
Este profesional puede realizar su actividad en:
Sí, siempre y cuando sea un Título Oficial de un Ciclo Formativo de Grado Superior, y en función de la rama de la carrera universitaria a la que desees acceder.
Los ciclos formativos incluyen como mínimo los siguientes módulos profesionales:
El título de FP en modalidad a distancia es exactamente el mismo que el de FP en modalidad presencial.
a. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso.
b. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
c. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
A estas condiciones se debe sumar el consejo orientador al que se refiere el artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y el consentimiento de la familia.